En el contexto de la situación por la que atraviesa el país respecto a la propagación del virus Covid-19, el Gobierno Nacional ha establecido, mediante Decreto Ejecutivo, una serie de medidas que implican el tránsito limitado de la población, entre ellas, el cerco sanitario y los toques de queda.

No obstante, han previsto que las personas que requieren movilizarse por la naturaleza de sus trabajos, puedan hacerlo siempre que el ciudadano porte su cédula de identidad personal, carné de identificación laboral, salvoconductos institucionales, recibo de agua, luz o cualquier documento que demuestre su domicilio primario.

En el Hospital del Niño Dr. José Renán Esquivel, la Oficina Institucional de Recursos Humanos lleva una secuencia en la numeración de los salvoconductos que se han expedido a la fecha.

Es importante saber que los jefes de Departamentos, Jefes de Sección y Jefes de Servicio deben solicitar el salvoconducto a través de un memorándum; especificando el nombre, apellido, número de cédula y número de cada colaborador que lo necesite.

Decreto Ejecutivo 505 respecto a la medida de toque de queda.